Presenta Cuauhtémoc Estrada reforma para facultar a la CEDH aplicar medidas cautelares o precautorias

Presenta Cuauhtémoc Estrada reforma para facultar a la CEDH aplicar medidas cautelares o precautorias

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  • A fin de que todos los derechos de la Constitución y Tratados Internacionales sean protegidos por la Comisión Estatal de Derechos Humanos

Chihuahua. El Coordinador de la bancada de Morena en el Congreso del Estado, Edin Cuauhtémoc Estrada Sotelo, presentó un proyecto para reformas la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, con la finalidad de proteger todos los derechos que se encuentran contenidos en la Constitución Federal y Tratados Internacionales a los México se ha adherido.

Explicó que también deberá otorgar las medidas precautorias o cautelares bajo los principios de proporcionalidad, legalidad, racionalidad y no discriminación y así evitar la consumación irreparable de las violaciones denunciadas y reclamadas, o la producción de daños de difícil reparación a los afectados.

El legislador indicó que la reforma busca que la CEDH actúe, no solo en las violaciones a derechos humanos que sean consideradas como casos de extrema gravedad o urgencia como lo establecen los reglamentos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, sino todos los derechos humanos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte.

Explicó que la importancia de esta reforma radica en la atención de las denuncias de violaciones humanos que se presentan en la Comisión, al destacar que en 2020 se solicitaron 44 medidas cautelares, por considerar que existían acciones u omisiones de una autoridad, violatorios de sus derechos fundamentales.

En este sentido, la Comisión considerará la “gravedad de la situación”, el impacto que una acción u omisión puede tener sobre un derecho protegido o sobre el efecto eventual de una decisión pendiente en un caso o petición ante los órganos del Sistema Interamericano; la “urgencia de la situación” por la información que indica que el riesgo o la amenaza sean inminentes y puedan materializarse, requiriendo de esa manera acción preventiva o tutelar; y el “daño irreparable” sobre la afectación sobre derechos que, por su propia naturaleza, no son susceptibles de reparación, restauración o adecuada indemnización”.

Con ello se otorgaría la protección de medidas precautorias o cautelares a todas las personas que se encuentran en el territorio estatal de forma racional y en proporción a su derecho o derechos humanos violados, indicó el diputado.

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