{"id":203001,"date":"2026-04-29T11:43:56","date_gmt":"2026-04-29T16:43:56","guid":{"rendered":"https:\/\/lagaceta.com.mx\/ch\/?p=203001"},"modified":"2026-04-29T11:43:58","modified_gmt":"2026-04-29T16:43:58","slug":"ofrece-stps-asesoria-gratuita-por-reparto-de-utilidades","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/lagaceta.com.mx\/ch\/2026\/04\/29\/ofrece-stps-asesoria-gratuita-por-reparto-de-utilidades\/","title":{"rendered":"Ofrece STPS asesor\u00eda gratuita por reparto de utilidades"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Secretar\u00eda del Trabajo y Previsi\u00f3n Social (STPS) inform\u00f3 que durante el mes de mayo las personas trabajadoras deben recibir el pago correspondiente a las utilidades, seg\u00fan lo establece la Ley Federal del Trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Este derecho deber\u00e1 percibirse a m\u00e1s tardar el 30 de mayo para las personas trabajadoras cuyo empleador sea persona moral, y hasta el 29 de junio para quienes trabajen con personas f\u00edsicas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las personas empleadoras deber\u00e1n pagar el 10 por ciento de sus utilidades netas, con base en el n\u00famero de d\u00edas que se trabaj\u00f3 en el a\u00f1o y salario percibido de la persona trabajadora, adem\u00e1s deber\u00e1n realizarlo por medio de transferencia o pago en efectivo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cabe destacar que este esquema no aplica en los casos de quienes laboraron menos de 60 d\u00edas durante el a\u00f1o o ejercicio fiscal, personas trabajadoras del hogar, directores, administradores y gerentes generales de las empresas, socios, accionistas de las empresas y\/o quienes presten sus servicios mediante el pago de honorarios sin que exista una relaci\u00f3n de trabajo subordinada con un patr\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el caso de las empresas que hayan declarado menos de 300 mil pesos en ingresos anuales o se encuentren en su primer a\u00f1o de funcionamiento, est\u00e1n exentas de realizar dicho pago.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La STPS invita a las personas trabajadoras a acercarse a sus instalaciones o a las del Centro de Conciliaci\u00f3n Laboral del Estado de Chihuahua, o consultar la p\u00e1gina www.ccl.chihuahua.gob.mx, en donde se encuentran los tel\u00e9fonos y las distintas sedes presenciales o de atenci\u00f3n virtual.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Secretar\u00eda del Trabajo y Previsi\u00f3n Social (STPS) inform\u00f3 que durante el mes de mayo las personas trabajadoras deben recibir el pago correspondiente a las utilidades, seg\u00fan lo establece la Ley Federal del Trabajo. Este derecho deber\u00e1 percibirse a m\u00e1s tardar el 30 de mayo para las personas trabajadoras cuyo empleador sea persona moral, y hasta el 29 de junio para quienes trabajen con personas f\u00edsicas. Las personas empleadoras deber\u00e1n pagar el 10 por ciento de sus utilidades netas, con base en el n\u00famero de d\u00edas que se trabaj\u00f3 en el a\u00f1o y salario percibido de la persona trabajadora, adem\u00e1s deber\u00e1n realizarlo por medio de transferencia o pago en efectivo. Cabe destacar que este esquema no aplica en los casos de quienes laboraron menos de 60 d\u00edas durante el a\u00f1o o ejercicio fiscal, personas trabajadoras del hogar, directores, administradores y gerentes generales de las empresas, socios, accionistas de las empresas y\/o quienes presten sus servicios mediante el pago de honorarios sin que exista una relaci\u00f3n de trabajo subordinada con un patr\u00f3n. En el caso de las empresas que hayan declarado menos de 300 mil pesos en ingresos anuales o se encuentren en su primer a\u00f1o de funcionamiento, est\u00e1n exentas de realizar dicho pago. La STPS invita a las personas trabajadoras a acercarse a sus instalaciones o a las del Centro de Conciliaci\u00f3n Laboral del Estado de Chihuahua, o consultar la p\u00e1gina www.ccl.chihuahua.gob.mx, en donde se encuentran los tel\u00e9fonos y las distintas sedes presenciales o de atenci\u00f3n virtual.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":203002,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[5],"tags":[],"class_list":["post-203001","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-estatal"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/lagaceta.com.mx\/ch\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/203001","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/lagaceta.com.mx\/ch\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/lagaceta.com.mx\/ch\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lagaceta.com.mx\/ch\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lagaceta.com.mx\/ch\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=203001"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/lagaceta.com.mx\/ch\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/203001\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":203003,"href":"https:\/\/lagaceta.com.mx\/ch\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/203001\/revisions\/203003"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lagaceta.com.mx\/ch\/wp-json\/wp\/v2\/media\/203002"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/lagaceta.com.mx\/ch\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=203001"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/lagaceta.com.mx\/ch\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=203001"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/lagaceta.com.mx\/ch\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=203001"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}